Postulación al Fondo de Acceso Energético

Desde el año 2010, el Ministerio de Energía ha financiado y desarrollado proyectos demostrativos con energías renovables en localidades rurales, aisladas y/o vulnerables. A partir de la experiencia adquirida a través de los proyectos implementados, y con el objeto de satisfacer la demanda ciudadana en la materia, en el año 2014 surge el Fondo de Acceso a la Energía (“FAE”), como un fondo concursable piloto, que permite a las organizaciones sociales el acceso a proyectos energéticos por medio de soluciones a pequeña escala basadas en energías renovables no convencionales (“ERNC”).

En ese sentido, el FAE ha tenido como objetivo facilitar el mejoramiento o acceso a la energía en infraestructura de uso comunitario con foco en sectores rurales, aislados y/o vulnerables, lo cual se ha materializado a través del financiamiento de proyectos que implementan sistemas energéticos a pequeña escala, con un uso principal de energías renovables.

En esta oportunidad, el concurso estará dirigido a instituciones con rol público comunitario, disponiendo para ello, en el presupuesto de la Subsecretaría de Energía, de recursos con los que se financiará la totalidad del proceso de implementación de los proyectos que sean seleccionados en esta nueva convocatoria. Asimismo, en concordancia con el proceso de transformación digital del Estado, las instituciones y organizaciones interesadas deberán realizar sus postulaciones, únicamente de forma electrónica, a través del Portal de la Subsecretaría de Energía www.energia.gob.cl/fae, (en adelante “Portal FAE”).

Las únicas soluciones energéticas posibles de ser financiadas e implementadas por el presente concurso son las siguientes:

  • Solución de energización a través de generación fotovoltaica con o sin almacenamiento en baterías

    Esta solución energética corresponde a un sistema que entrega energía eléctrica a través de paneles fotovoltaicos, cuyo objetivo puede consistir en: satisfacer la demanda energética en un establecimiento que no dispone de dicho suministro; habilitar un medio de respaldo energético que opere en caso de interrupciones de servicio de la red de distribución eléctrica; o bien, reducir los costos energéticos.

    El sistema energético estará compuesto, principalmente, por una planta fotovoltaica (conjunto de paneles fotovoltaicos), que permite generar energía eléctrica a través de la radiación solar; un inversor que transforma la energía a corriente alterna requerida para su uso en artefactos eléctricos; y, según sea el caso, un banco de baterías (dependiendo del objetivo y aplicación del sistema de generación fotovoltaico) como medio de almacenamiento energético.

    El diseño de la solución de energización, incluyendo su tamaño y costo de inversión asociado, se definirá por la Subsecretaría en función de la ubicación geográfica, las características del establecimiento a energizar, la demanda energética y otras características del lugar de instalación de la solución, según lo informado en la ficha de postulación.

    Las instituciones beneficiadas podrán obtener una solución de energización a través de generación fotovoltaica de hasta 10 kWp de potencia.

  • Solución de energización a través de un sistema solar térmico para calentamiento de agua

    Esta solución energética corresponde a un sistema solar térmico (“SST”) compuesto por un conjunto de equipos y componentes que aprovechan la energía solar para producir agua caliente, disminuyendo el consumo energético de gas, electricidad, leña u otra fuente y, sustituyéndola por una energía limpia, segura y renovable. Este sistema está formado principalmente por:

    • Colectores solares térmicos, que son dispositivos diseñados para captar la radiación solar incidente, transformarla en calor y transmitirla a un fluido que circula por su interior.
    • Depósitos acumuladores donde se almacena la energía térmica captada por los colectores solares térmicos.
    • En el caso de sistemas forzados, además, incorpora equipos de intercambio térmico y sistemas de recirculación (bombas hidráulicas). Para estos sistemas es necesario contar con espacio suficiente para albergar los equipos en una sala térmica y contar con suministro eléctrico estable.

    Un sistema solar térmico tipo termosifón se compone de equipos compactos prefabricados, que puede estar compuestos por uno o varios colectores solares térmicos acoplados hidráulicamente a un depósito acumulador de agua caliente sanitaria y puede ser complementado con algún sistema convencional de calentamiento de agua.

    Un sistema solar térmico tipo forzado se compone de un campo de colectores solares térmicos prefabricados, y un sistema de acumulación, equipos de intercambio térmico y un sistema de recirculación ubicados en una sala de máquinas o sala térmica, y puede ser complementado con algún sistema convencional de calentamiento de agua.

Para efectos del presente concurso, la línea de solución de sistemas solares térmicos estará enfocada en generar las condiciones habilitantes para proveer agua caliente sanitaria, a partir del suministro de agua potable. Los puntos de consumo de agua caliente serán duchas, lavamanos, lavaplatos, tinas o piscinas de uso recreativo o terapéutico, y/o calefacción para establecimientos comunitarios.

El tamaño y costo de la solución de energización se definirá por la Subsecretaría, según la ubicación geográfica y características del establecimiento a energizar, la respectiva demanda de agua caliente y otras características del lugar de instalación de la solución, según lo informado en la ficha de postulación. Sin perjuicio de lo anterior, la organización beneficiaria obtendrá un sistema de energización de un máximo de 1.500 litros de acumulación.

Todo lo anterior, sin perjuicio que para el caso de una solución de energización a través de un sistema solar térmico , la propiedad donde éste se instale debe contar necesariamente con suministro de agua y presión suficiente para su correcto funcionamiento, siendo esta exigencia un requisito de admisibilidad técnica de la postulación.

Adicionalmente, para los casos donde la solución requerida sea un sistema solar térmico tipo forzado, la propiedad donde éste se instalará, debe contar necesariamente con suministro eléctrico y espacio para albergar los equipos de recirculación, intercambio térmico y acumulación; o espacio para la construcción de una sala térmica que cumpla estos fines, siendo esta exigencia un requisito de admisibilidad técnica de la postulación.

Podrán postular al presente concurso personas jurídicas que tengan un rol público comunitario, de una antigüedad superior a cinco años, entendiéndose por tales, aquellas con personalidad jurídica y sin fines de lucro que tengan por objeto representar y promover intereses específicos de la comunidad dentro del territorio de la comuna o agrupación de comunas respectivas, que utilicen o administren infraestructura de uso permanente, en donde se requiere la instalación de una solución energética, sean o no propietarios de ésta, tales como:

  1. Comunidades y asociaciones indígenas reguladas en la Ley N°19.253 , que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
  2. Organizaciones comunitarias constituidas al amparo de la Ley N°19.418, que establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, cuyo inmueble postulado para instalar la solución energética, tenga uso comunitario permanente, y sin fines de lucro.
  3. Personas jurídicas sin fines de lucro registradas en el catastro de organizaciones de interés público de la Ley N°20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, tales como fundaciones, corporaciones, ONG, asociaciones, entre otras.
  4. Cuerpos de bomberos constituidos en el sistema nacional de bomberos de acuerdo con la Ley N°20.564, que establece la ley marco de los Bomberos de Chile.

Para el efecto del presente concurso, se entenderá que el postulante hace “uso permanente” del inmueble en el cual se instalará la solución energética, cuando sus instalaciones y/o dependencias son usadas durante seis (6) meses o más durante un año calendario, considerando el año anterior a la postulación.

Quedan excluidos de la postulación, por tanto, las soluciones energéticas que se pretendan instalar, entre otros, en recintos como oficinas administrativas, bodegaje de maquinarias, herramientas, mercaderías, animales o cualquier otro recinto de uso distinto al comunitario.

El proceso de postulación es digital. Para postular, el/la Coordinador/a del proyecto deberá ingresar al siguiente enlace www.energia.gob.cl/fae e iniciar el proceso a través de su clave única.

Las postulaciones se realizarán y recibirán únicamente de forma electrónica, a través del Portal FAE, hasta 40 (cuarenta) días corridos, contados desde la publicación en el mismo del acto administrativo que apruebe las presentes bases. El (la) coordinador(a) deberá acceder a dicho portal vía Clave Única para realizar el proceso de postulación.

Para hacer efectiva la postulación en línea, el/la coordinador/a del proyecto deberá adjuntar los documentos requeridos en cada etapa de la postulación. El portal no permitirá realizar la postulación si no adjunta la totalidad documentos solicitados.

Antes de postular, deberá leer detalladamente las Bases FAE 2024.


Nombre Documento Requisitos, especificaciones, y criterios para la postulación
Bases “FONDO DE ACCESO A LA ENERGÍA, PARA INSTITUCIONES CON ROL PÚBLICO COMUNITARIO QUE SE INDICAN, DESTINADO AL MEJORAMIENTO DEL SUMINISTRO ENERGÉTICO A TRAVÉS DEL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS A PEQUEÑA ESCALA CON ENERGÍAS RENOVABLES”. Descargar Bases FAE 2024
Nombre Documento Documentos para descargar y adjuntar a la postulación en el portal www.energia.gob.cl/fae
Anexo 2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE ACEPTACIÓN DE LAS BASES E IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN POSTULANTE. Descargar Anexo 2
Anexo 3 INDIVIDUALIZACIÓN DEL (LA) COORDINADOR(A) DEL PROYECTO Y ACEPTACIÓN DE SUS RESPONSABILIDADES. Descargar Anexo 3
Anexo 4 AUTORIZACIÓN DEL PROPIETARIO DEL BIEN RAÍZ DONDE SE EMPLAZARÁ LA SOLUCIÓN ENERGÉTICA. Descargar Anexo 4
Anexo 5 TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA SOLUCIÓN ENERGÉTICA ENTRE LA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA Y EL POSTULANTE BENEFICIARIO. Descargar Anexo 5
Nombre Documento Puntaje criterios de Evaluación Técnico-Social
SAIDI Cálculo Puntaje por Criterio Indicador SAIDI. Descargar “Puntaje SAIDI.pdf”
RSH Cálculo Puntaje por Criterio Registro Social de Hogares (RSH). Descargar “Puntaje RSH.pdf”
CZD Cálculo Puntaje por Criterio Calidad de Zona en Desarrollo. Descargar “Puntaje Zona en Desarrollo.pdf”
IDA Cálculo Puntaje por Criterio Índice de Aislamiento. Descargar “Puntaje Localidades Aisladas.pdf”
  • Hasta las 23:59 horas del décimo día (10) de publicadas las bases en www.energia.gob.cl/fae.
  • Publicación de respuestas en el portal www.energia.gob.cl/fae, hasta el vigésimo día (20) corrido de publicadas las bases.
  • Formulario de Preguntas

Este trámite no tiene costo para el/la usuario/a.