Postulación al Fondo de Acceso Energético

Desde el año 2010, el Ministerio de Energía ha financiado y desarrollado proyectos demostrativos con energías renovables en localidades rurales, aisladas y/o vulnerables, en el marco del Programa Presupuestario de Energización Rural y Social (“PERYS”). A partir de la experiencia adquirida a través de los proyectos implementados, y con el objeto de satisfacer la demanda ciudadana en la materia, en el año 2014 surge el Fondo de Acceso a la Energía (“FAE”), como un fondo concursable piloto, que permite a las organizaciones sociales el acceso a proyectos energéticos por medio de soluciones a pequeña escala basadas en energías renovables no convencionales (“ERNC”).

En ese sentido, el FAE ha tenido como objetivo facilitar el mejoramiento o acceso a la energía en infraestructura de uso comunitario con foco en sectores rurales, aislados y/o vulnerables, lo cual se ha materializado a través del financiamiento de proyectos que implementan sistemas energéticos a pequeña escala, con un uso principal de energías renovables.

El Concurso FAE 2022 considera la implementación de una solución energética por beneficiario, por consiguiente, el Postulante podrá postular únicamente a una de las soluciones energéticas financiadas por el presente Concurso, y no podrán ser complementadas con alguna existente. Las cuales son:

  1. Solución de energización a través de generación fotovoltaica con o sin almacenamiento en baterías

    El sistema está compuesto principalmente por una planta fotovoltaica (conjunto de paneles fotovoltaicos), que permite generar energía eléctrica a través de la radiación solar; un inversor que transforma la energía a corriente alterna requerida para su uso en artefactos eléctricos; y un banco de baterías (dependiendo del objetivo y aplicación del sistema de generación fotovoltaico) como medio de almacenamiento energético.

    El diseño de la solución de energización, incluyendo su tamaño y costo de inversión asociado, se definirá en función de la ubicación geográfica, las características del establecimiento a energizar, la demanda energética y otras características del lugar de instalación de la solución, según lo informado en la ficha de postulación. Los postulantes podrán obtener un sistema de hasta 10 kWp de potencia.

  2. Solución de energización a través de un sistema solar térmico para calentamiento de agua

    Un sistema solar térmico (“SST”) corresponde a un conjunto de equipos y componentes que aprovechan la energía solar y producen agua caliente, disminuyendo el consumo energético de gas, electricidad, leña u otra fuente y, sustituyéndola por una energía limpia, segura y renovable. Este sistema está formado principalmente por:

    • Un colector solar térmico, que es un dispositivo diseñado para captar la radiación solar incidente, transformarla en calor y transmitirla a un fluido que circula por su interior.
    • Un depósito acumulador donde se almacena la energía térmica captada por los colectores solares térmicos.

Para efectos del presente concurso, la línea de solución de sistemas solares térmicos estará enfocada en el suministro de agua caliente sanitaria para duchas, lavamanos, lavaplatos, tinas o piscinas de uso recreativo o de salud para establecimientos comunitarios.

El tamaño y costo de la solución de energización se definirá según la ubicación geográfica y características del establecimiento a energizar, la respectiva demanda de agua caliente y otras características del lugar de instalación de la solución, según lo informado en la ficha de postulación. Sin perjuicio de lo anterior, la organización beneficiaria obtendrá un sistema de energización de un máximo de 600 litros de acumulación.

Podrán postular al presente concurso instituciones con rol público comunitario, entendiéndose por tales, para efectos del presente concurso, aquellas con personalidad jurídica y sin fines de lucro que tengan por objeto representar y promover intereses específicos de la comunidad dentro del territorio de la comuna o agrupación de comunas respectivas, que utilicen o administren infraestructura de uso permanente donde se instalará la solución energética, sean o no propietarios de ésta, tales como:

  1. Comunidades y asociaciones indígenas reguladas en la Ley N°19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
  2. Organizaciones comunitarias constituidas al amparo de la Ley N°19.418, que establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias.
  3. Las personas jurídicas sin fines de lucro registradas en el catastro de organizaciones de interés público de la Ley N°20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, tales como fundaciones, corporaciones, ONG, asociaciones, entre otras.
  4. Cuerpo de bomberos constituidos en el sistema nacional de bomberos de acuerdo con la Ley N°20.564, que establece la ley marco de los Bomberos de Chile.
  5. Municipalidades, corporaciones municipales o servicios de salud que tengan a su cargo la administración de establecimientos de salud.
  6. Municipalidades o corporaciones municipales o servicios locales de educación pública (“SLEP”) que tengan a su cargo la administración de establecimientos de educación.
  7. Otras personas jurídicas sin fines de lucro que demuestren tener dicho rol público comunitario como finalidad u objetivo en sus estatutos.

Para el efecto del presente concurso, se entenderá que el postulante hace “uso permanente” del inmueble en el cual se instalará la solución energética, si ocupa sus instalaciones y/o dependencias durante seis (6) meses o más durante un año calendario.

El proceso de postulación es digital. Para postular, el/la Coordinador/a del proyecto deberá ingresar al botón 'Postular' e iniciar el proceso a través de su clave única.

Las postulaciones se realizarán y recibirán únicamente de forma electrónica, a través del Portal FAE, hasta 45 (cuarenta y cinco) días corridos, contados desde la publicación en el mismo del acto administrativo que apruebe las presentes bases. El (la) Coordinador(a) deberá acceder a dicho portal vía Clave Única para realizar el proceso de postulación.

Para hacer efectiva la postulación en línea, el/la Coordinador/a del proyecto deberá adjuntar los documentos requeridos en cada etapa de la postulación. El portal no permitirá realizar la postulación si no adjunta la totalidad documentos solicitados.

Antes de postular, deberá leer detalladamente las Bases FAE 2022.


Título Documentos informativos para la postulación
Bases FONDO DE ACCESO A LA ENERGÍA, PARA INSTITUCIONES CON ROL PÚBLICO COMUNITARIO QUE SE INDICAN, DESTINADO AL MEJORAMIENTO DEL SUMINISTRO ENERGÉTICO A TRAVÉS DEL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS A PEQUEÑA ESCALA CON ENERGÍAS RENOVABLES”. Descargar Bases FAE 2022
Título Documentos para descargar y adjuntar a la postulación
Anexo 2 Declaración jurada simple de aceptación de las Bases e identificación del Postulante. Descargar Anexo 2
Anexo 3 Individualización del (la) Coordinador(a) de proyecto y aceptación de sus responsabilidades. Descargar Anexo 3
Anexo 4 Autorización del propietario del bien raíz donde se emplazará la solución energética. Descargar Anexo 4
Anexo 5 Términos y condiciones para la implementación de la solución energética entre la agencia chilena de eficiencia energética y el postulante beneficiario. Descargar Anexo 5
Título Detalle de los valores y Puntaje Asociado
SAIDI Cálculo de puntaje Criterio Indicador SAIDI. Descargar “Puntaje SAIDI.pdf”
RSH Cálculo de puntaje Criterio Registro Social de Hogares (RSH). Descargar “Puntaje RSH.pdf”
CZR Cálculo Puntaje por Criterio Calidad de Zona Rezagada (CZR). Descargar “Puntaje Zonas Rezagadas.pdf”
IDA Cálculo de puntaje Índice de Aislamiento (IDA). Descargar “Puntaje Localidades Aisladas.pdf”
  • Hasta las 23:59 horas del decimocuarto día (14) de publicadas las bases en www.energia.gob.cl/fae.
  • Publicación de respuestas en el portal www.energia.gob.cl/fae, hasta el vigésimo cuarto día (24) corrido de publicadas las bases
  • Formulario de Preguntas

Este trámite no tiene costo para el/la usuario/a.