Concurso Ponle Energía a tu Empresa

Ponle Energía a tu Empresa es un instrumento de fomento del Ministerio de Energía que busca otorgar un cofinanciamiento no reembolsable a un Beneficiario para implementar proyectos de autoconsumo en base a energías renovables. A través del Concurso, se busca incentivar la inversión en este tipo de proyectos, que resulten en reducción en los costos de energía y reduzcan las emisiones de CO2 al medio ambiente.

El Concurso está dirigido a la micro, pequeña, mediana y gran empresa, de todo tipo de rubros económicos, tales como el comercial, industrial, agrícola, minero, entre otros (salvo las actividades definidas en el “Anexo 10 Lista de exclusión"). Por ello, los Postulantes pueden ser tanto personas jurídicas como naturales, que tengan iniciación de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos, con anterioridad al 31 de diciembre de 2019, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 824, que aprueba el texto que indica de la Ley sobre Impuesto a la Renta, debiendo dicha condición estar vigente a la fecha del cierre del plazo para postular a la presente convocatoria. Asimismo, las personas naturales deben ser mayores de 18 años.

Adicionalmente, quedan excluidas aquellas personas jurídicas de derecho público y aquellas en las cuales tenga participación o reciban regularmente aportes del Estado.

Se podrán cofinanciar proyectos de todo tipo de medios de generación de energía renovable, que tengan como objetivo el autoconsumo de energía eléctrica y/o térmica.

El tipo de sistema de energía renovable puede ser:

Tipo de proyecto

Sistema de energía renovable

 Eléctrico
Solar Fotovoltaico
Central minihidroeléctrica
Aerogenerador
Caldera biomasa para generación eléctrica
Biodigestor anaeróbico para generación eléctrica
 Térmico
Solar Térmico
Bomba de calor geotérmica
Bomba de calor aerotérmica
Calefactor o caldera a biomasa
Biodigestor anaeróbico para generación térmica
 Cogeneración
Cogeneración por biomasa
Cogeneración por biodigestor anaeróbico
Hidrógeno Autoconsumo con energías renovables

Se entregará un cofinanciamiento no reembolsable, diferenciado por tipo de proyecto y por el nivel de ventas de cada Postulante. El nivel de ventas del Postulante se calculará con la información contenida en su carpeta tributaria, considerando los 24 últimos períodos mensuales de IVA (Formulario 29) anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

El porcentaje máximo de cofinanciamiento se calculará en relación al presupuesto total del proyecto, sin considerar el IVA. La diferencia entre el presupuesto total del proyecto y el monto de cofinaciamiento solicitado, deberá ser aportada en dinero por el Postulante.

Tipo de empresa Ventas anuales UF

Sistemas fotovoltaicos

Otros sistemas de energía renovables y sistemas fotovoltaicos con almacenamiento o hidrógeno**
Monto máximo del cofinanciamiento (CLP)* Porcentaje máximo de cofinanciamiento Monto máximo del cofinanciamiento (CLP)* Porcentaje máximo de cofinanciamiento
 Micro  de 200 hasta 2.400  $7.000.000  30%  $7.000.000  50%
 Pequeña  de 2.400 a 25.000  $15.000.000 $15.000.000
 Mediana  desde 25.000 a 100.000  $40.000.000  $60.000.000
 Grande sobre 100.000  $40.000.000  $60.000.000

*Mediante el presente concurso no se cofinanciará el pago de IVA.
**Los proyectos podrán optar al cofinanciamiento de almacenamiento siempre y cuando el almacenamiento considerado genere un incremento de un 5% en el autoconsumo total.

El Proveedor es la empresa que mediante un acuerdo simple con el Postulante, se compromete a diseñar, construir y poner en funcionamiento un proyecto de energías renovables para el autoconsumo, bajo un contrato “llave en mano” u “obra vendida”.

Para que un Postulante pueda participar de la presente convocatoria, necesariamente debe hacerlo en acuerdo con un único Proveedor, el cual debe ser una persona (natural o jurídica) distinta del Postulante. El Proveedor será el encargado de desarrollar, implementar y poner en funcionamiento el proyecto de energías renovables para el autoconsumo presentado por el Postulante. Para formalizar esta relación Postulante - Proveedor, deberán suscribir un Acuerdo Simple según el Anexo 6 de las presentes bases.

Es requisito que el Proveedor y el Jefe de Proyecto tengan experiencia en al menos 2 proyectos similares (de la misma tecnología y potencia comparable).

La generación anual de energía de los proyectos, sea energía eléctrica, térmica o ambas, no puede superar el consumo anual de energía que corresponda del Postulante que se beneficia con el proyecto.

En caso de proyectos bajo un esquema de Netbilling, se podrá netear la facturación, para lo cual se deberá cumplir con las exigencias indicadas en el Decreto Supremo N° 57 del 2019 del Ministerio de Energía.

Fecha de publicación 25-03-2021
Primer período de consultas 14-04-2021
Segundo período de consultas Desde el 29-04-2021, hasta las 17.00 horas del 03-05-2021
Fecha de publicación de respuestas del primer y segundo período de consultas 13-05-2021
 Fecha de cierre recepción de postulaciones 31-05-2021
 Fecha de inicio de evaluación de las postulaciones 01-06-2021
Fecha estimada de selección de Beneficiarios del Concurso 30-08-2021

Este trámite no tiene costo.

Este concurso corresponde a una iniciativa liderada por el Ministerio de Energía, y se financia con fondos de la NAMA Facility por encargo del Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear (BMU) de Alemania, el Departamento de Negocios, Energía y Estrategia Industrial (BEIS) de Gran Bretaña y de la Comisión Europea a través del KfW.